¿Usas Billeteras Virtuales? El nuevo límite para esquivar a la ex AFIP
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los límites de información obligatoria para entidades financieras y billeteras virtuales.
Discutieron por la música y les pasó por arriba con un UTV en las dunas
Esta medida, que no impacta directamente a los consumidores, se basa en las variaciones semestrales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) calculado por el INDEC.
A partir del 1° de enero, solo deberán informarse las transacciones que superen los siguientes valores:
$600.000
Compras con tarjetas de débito nacionales y movimientos totales en billeteras virtuales (ingresos y egresos).
$1.000.000
Acreditaciones bancarias mensuales, depósitos a plazo fijo realizados en el mes, extracciones en efectivo dentro y fuera del país, saldos finales en cuentas bancarias y billeteras virtuales al cierre del mes.
$2.000.000
Aplicable únicamente a billeteras virtuales en transferencias bancarias o virtuales que superen dicho importe.
Conmoción en Salta: tenía a su hija con síndrome de Down encadenada
Régimen Exclusivo para Entidades Financieras
Este esquema de información no afecta a los usuarios, ya que las entidades y plataformas son las responsables de reportar los movimientos a ARCA.