¿Usas Billeteras Virtuales? El nuevo límite para esquivar a la ex AFIP

ARCA ajustó sus parámetros y decretó que muchas transferencias desde celulares deberán ser justificadas.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los límites de información obligatoria para entidades financieras y billeteras virtuales. 

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Esta medida, que no impacta directamente a los consumidores, se basa en las variaciones semestrales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) calculado por el INDEC.

A partir del 1° de enero, solo deberán informarse las transacciones que superen los siguientes valores:

$600.000

Compras con tarjetas de débito nacionales y movimientos totales en billeteras virtuales (ingresos y egresos). 

 $1.000.000

Acreditaciones bancarias mensuales, depósitos a plazo fijo realizados en el mes, extracciones en efectivo dentro y fuera del país, saldos finales en cuentas bancarias y billeteras virtuales al cierre del mes.

 $2.000.000

Aplicable únicamente a billeteras virtuales en transferencias bancarias o virtuales que superen dicho importe. 

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Régimen Exclusivo para Entidades Financieras

Este esquema de información no afecta a los usuarios, ya que las entidades y plataformas son las responsables de reportar los movimientos a ARCA.

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