Primero los más baratos: cambios en las tiendas virtuales de los supermercados
A través del de la Resolución Nº926/2021 la Secretaría de Comercio Interior reglamentó la Ley de Góndolas para las tiendas virtuales de las grandes cadenas de supermercados. Esto quiere decir que a partir de ahora se deberán "visualizar primero los productos más accesibles". O sea, ordenar los productos de cada categoría de menor a mayor según su precio por unidad de medida.
¡Empezó la veda!: ¿Qué se puede hacer y qué no hasta el domingo?
La normativa aclara que este nuevo ordenamiento "deberá ser la opción predeterminada por parte de las tiendas virtuales, que también podrán incluir otras alternativas disponibles para la personalización de cada usuario y usuaria".
De esta manera, los consumidores "podrán visualizar primero los productos más accesibles", aseguró Comercio Interior, y aclaró, que los sitios estarán obligados a indicar el producto de menor precio dentro de una categoría con un logo aprobado previamente por la Secretaría de Comercio Interior.
La reglamentación también establece normas de identificación de productos fabricados por micro y pequeñas empresas (MiPyMEs). En este caso, se deberán destacar en las páginas web la oferta de productos elaborados por pequeñas empresas (micro y pequeñas empresas, agricultura familiar, campesina e indígena, economía popular, cooperativas y/o asociaciones mutuales), con señalética específica aprobada por Comercio Interior.
El rganismo explicó que tanto la obligación de diferenciar los bienes de precio más bajo como los productos MiPyMEs, es la misma respecto a la reglamentación de la Ley de Góndolas para los comercios físicos.
A partir de ahora las cadenas de supermercados tienen un plazo de 60 días corridos para adecuar sus locaciones virtuales a las nuevas obligaciones, según lo dispuesto.