Mi Anses: paso a paso cómo consultar de manera virtual el recibo de sueldo de jubilados
A través del apartado Mi Anses de la página de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) jubilados y pensionados podrán realizar una serie de trámites entre los que se encuentran la consulta e impresión del recibo de sueldo. De esta manera, tanto los mismos beneficiarios como los tutores o los apoderados van a poder consultar el recibo de sueldo y cómo leerlo de manera 100% virtual ingresando con el CUIL y la Clave de la Seguridad Social correspondiente.
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Otra de las formas de consultar por el recibo de sueldo, en caso de no poder acceder a internet es que los titulares se comuniquen directamente con la línea telefónica del organismo previsional, marcando al 130.
Jubilados y pensionados: paso a paso para consultar el recibo de sueldo
1. Ingresar a la Mi ANSES
2. Completar el CUIL y la Clave de Seguridad Social correspondiente.
3. Para ver e imprimir el recibo de jubilación o pensión hay que ingresar en la opción Jubilados y Pensionados y después a Consulta de recibos.
Datos claves para aprender a leer mi recibo de sueldo
En el documento aparecen conceptos importantes y que todo jubilado debe saber su significado, estos son:
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PBU: Prestación Básica Universal.
PC: Prestación Compensatoria. Compensa aportes efectuados previos al 30/06/1994.
PAP: Prestación Adicional por Permanencia. Adicional por aportes posteriores al 30/06/1994.
Complemento al haber mínimo: Diferencia que se paga para llegar a la jubilación mínima.
Asignación por hijo: monto mensual por hijo menor de 18 años o discapacitado (en este caso: sin límite de edad).
Asignación por cónyuge: monto mensual por esposo/a o conviviente. La cobra uno sólo en el matrimonio.
Reparación histórica: Ajuste por aceptación voluntaria para actualizar tus haberes en función de fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
También aparecen los descuentos:
Obra Social: En la jubilación mínima: 3% que efectúa PAMI o la Obra Social que tengas. Si supera la mínima: el 6% sobre el excedente.
Créditos ANSES: cuota del préstamo o los préstamos solicitados, no puede superar el 20% de los ingresos netos mensuales.