Los requisitos para acceder a los créditos a tasa 0 que lanzó el Gobierno

Excluyó a quienes prestan servicios en la administración pública y los que ya accedieron a Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).

El gobierno nacional estableció requisitos y lineamientos que se deberán cumplir para acceder a la línea de crédito a tasa 0  anunciada hace días por el ministro de Produccón Matías Kulfas.

En el anexo de la Decisión Administrativa 591/20, dictada por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, se establece que en relación al Crédito a Tasa Cero establecido para personas adheridas al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (monotributistas) deberían reunirse los siguientes requisitos:

  1. Estar inscriptos en cualquier categoría del Régimen y no encontrarse alcanzados por el beneficio del IFE.
  2. No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal, debiendo considerarse al beneficiario incurso en tal situación cuando por lo menos el 70% de su facturación en el período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 fue emitida a favor de jurisdicciones o entidades que integren dicho sector.
  3. No percibir ingresos en razón de mantener una relación de dependencia o provenientes de una jubilación.
  4. Que el monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 no haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado.
  5. En los casos en que la facturación electrónica no se encuentre disponible las compras no deberían ser superiores al 80% del promedio mensual del límite inferior de la categoría en que se encuentre registrado.

 CÓMO TRAMITAR Y CUÁNDO ESTARÁN DISPONIBLES LAS LÍNEAS DE CRÉDITO A TASA 0

Por último precisa que los beneficiarios de este financiamiento no deberían acceder al mercado único y libre de cambios para la formación de activos externos ni adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o transferencia en custodia al exterior hasta la cancelación total del crédito.

  

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