El imprevisto revés que sacudió feo a Milei con respecto a su amado DNU
La Justicia Federal de Mercedes invalidó los dos artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el presidente Javier Milei, que permitía la creación de Sociedades Anónimas Deportivas (SAD).
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Esto surge como respuesta a un pedido de inconstitucionalidad presentado por la Liga de Fútbol de Salto, y la resolución del tribunal impone al Gobierno la suspensión de esta iniciativa hasta que se tome una decisión definitiva.
El juez Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, al analizar el recurso presentado por la entidad civil, expresó que "hace lugar a la medida cautelar solicitada, previa caución juratoria, ordenando al Estado Nacional la suspensión de los artículos 335° y 345° del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 70/2023". La decisión, comunicada mediante oficio a la Jefatura de Gabinete de Ministros, deja sin efecto ambos artículos vigentes desde el 29 de diciembre.
El artículo 335 establecía la incorporación en la Ley de Sociedades Anónimas para proteger los derechos de las organizaciones deportivas, mientras que el artículo 345 otorgaba un plazo de un año para que las entidades deportivas ajustaran sus estatutos a las nuevas disposiciones.
Milei, quien abogaba por la inclusión de las SAD en el DNU, destacó la importancia de esta medida para atraer inversiones extranjeras al fútbol argentino y argumentó que "la inversión entra muy rápido".
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Ante la resolución judicial, el Ejecutivo planea presentar una apelación para defender la reforma y su relevancia en la atracción de capitales internacionales.
La suspensión de las SAD implica un cese temporal de su implementación, y el juez fundamentó su decisión en el impacto que la normativa impugnada tendría sobre las entidades deportivas, considerando que altera su vida asociativa.