Ya es ley el Régimen de licencias por nacimiento y adopción en Mendoza: quiénes podrán acceder
La Cámara de Senadores aprobó este martes una propuesta para cambiar el Régimen de Licencias en la Administración Pública de Mendoza. Con esto buscan adaptar este régimen al Código Civil y Comercial de la Nación y a otras normativas como la de Matrimonio Igualitario y la Ley de Identidad de Género, entre otras. Fue aprobada por 36 votos positivos, por lo que pasó al Poder Ejecutivo para su promulgación. Se aplicará solo en el ámbito público.
Durante su tratamiento en el recinto, la senadora Natacha Eisenchlas, impulsora del proyecto, explicó los alcances de la propuesta: "Creemos que con esta ley vamos a solucionar un viejo anhelo. La idea fue incorporar a todos los tipos de parejas y familias y otorgarles los mismos derechos que la familia tradicional. La idea es que ambos integrantes de la pareja sean responsables del cuidado del niño recién nacido o adoptado", afirmó.
En líneas generales, los cambios que se promueven tienen que ver con incluir a cónyuges sin importar el género, y a los y las agentes que tengan unión convivencial. Se estipula el inicio de la licencia 30 días antes de la fecha probable de parto, y 120 días de corrido ante casos de nacimientos prematuros.
Hoy se incluyó la modificación que contempla que en el caso de adopcion multiple o de un niño/a con discapacidad será de 180 días.
En otro orden, se adapta la terminología para mantener el alcance de la Ley a toda persona gestante, y se contemplan los periodos en que él/la recién nacido/a haya permanecido en internación, computándose los días a partir del alta.
Otro aspecto que se incorpora, es que el agente gestante o agente a cargo de la lactancia del recién nacido tendrá la facultad de compartir su licencia total o parcialmente con su cónyuge o conviviente.
Además, contempla que se deberá disponer descansos para la lactancia dentro de la jornada laboral para la persona encargada de la lactancia.