Reuniones familiares: no se modifican días ni horarios y se elimina el concepto de cercanía
El nuevo decreto impone restricciones a la circulación de personas y a las juntadas con amigos pero mantiene las autorizaciones para los encuentros o reuniones familiares.
En tal sentido el DNU del ejecutivo provincial aclara "habilítese en el ámbito territorial de la Provincia la realización de reuniones familiares, hasta un máximo de diez (10) personas con parentesco en razón de la naturaleza, las técnicas de reproducción humana asistida, la adopción o la afinidad, hasta el segundo grado en línea ascendente, descendente o colateral.
Además establece que las reuniones podrán realizarse sólo los días sábados, domingos y feriados, en horario de 09.00 a 23.00 horas y cumpliendo con las condiciones que se establecen en el protocolo sanitario.