Privilegiados: empleados de la Suprema Corte no pagarán el impuesto a las ganancias

La medida alcanza a trabajadores que hayan ingresado antes de 2017. Así lo dispuso una acordada del máximo tribunal de la provincia.

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó esta semana, a través de una acordada, que sus empleados no estarán sujetos al pago del impuesto a las ganancias

Esta medida es consecuencia de las modificaciones implementadas tras la aprobación de la Ley Nº 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, que fue sancionada por el Congreso de la Nación el mes pasado.

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El convenio establece que están exentos del impuesto a las ganancias "los Magistrados, Funcionarios y Empleados que hubieren ingresado con anterioridad al año 2017, así como aquellos designados antes de esa fecha que fueron promovidos posteriormente a otros cargos de la misma naturaleza". Este beneficio fiscal cubre a una porción significativa de los empleados del Poder Judicial de Mendoza.

Empleados del Poder Judicial no pagarán Ganancias. 

Por otro lado, la acordada aclara que el impuesto a las ganancias sí se aplicará a "los Magistrados, Funcionarios y Empleados que hubieren ingresado a partir del año 2017 y que hubieren gozado de la exención del impuesto en forma continuada". Esto significa que quienes ingresaron al Poder Judicial después de 2017 estarán sujetos a la normativa vigente y deberán pagar el impuesto a las ganancias.

Además, la acordada extiende una invitación al Ministerio Público Fiscal y al Ministerio Público de la Defensa para que adhieran a esta medida. De concretarse, los empleados de estas dependencias también podrían quedar exentos del pago del impuesto a las ganancias, ampliando aún más el alcance de esta disposición dentro del Poder Judicial de Mendoza.

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Esta resolución ha generado debate, ya que se considera una excepción que no alcanza al resto de los trabajadores del país. Los críticos argumentan que este tipo de exenciones favorecen a un sector privilegiado y contribuyen a las desigualdades en el sistema tributario. Por su parte, quienes defienden la medida sostienen que está alineada con disposiciones legales y con el tratamiento histórico que han tenido los empleados del Poder Judicial respecto al impuesto a las ganancias.

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