Amparo contra el decreto que permite salidas, según DNI: se espera la respuesta del Gobierno
Desde hace más de una semana que en Mendoza se pueden realizar salidas recreativas. De hecho, esta prueba dejó más que conforme al gobernador Rodolfo Suarez, que decidió este lunes extender ese beneficio hasta el 10 de mayo inclusive, fecha en la que vence esta cuarentena en el país.
Pero ahora apareció un obstáculo para el Ejecutivo porque un grupo de abogados presentó un recurso que amparo que pide dejar sin efecto un decreto provincial que autoriza salidas para hacer compras o cargar combustible según la terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI).
Es por eso que el gobierno de Mendoza deberá responder este miércoles a ese recurso presentado.
"Cuestionamos un exceso de facultades que, si bien parece un tema menor poder salir o no según la terminación de los DNI, encierra algo más importante como es el cercenamiento de derechos amparados y protegidos por la Constitución", explicó a Telam el abogado Gilberto Santamaría.
El amparo fue presentado por un grupo de nueve abogados y abogadas en el 2° Juzgado de Gestión Asociada, a cargo de la magistrada Marcela Ruiz Díaz, y el plazo de respuesta del Ejecutivo provincial vencerá mañana, miércoles.
La acción presentada crítica, según lo que los abogados consideran, que el gobernador está cercenando las libertades otorgadas por el Gobierno nacional.
"Si desde el comienzo de la cuarentena ya gozábamos del derecho de salir a hacer compras sin restricción de día, esto es dar un paso atrás", critican.
Cabe recordar que en nuestra provincia las personas cuyos documentos finalizan en 1, 2, 3, 4 y 5 pueden salir a hacer compras los lunes, miércoles, viernes y para quienes finalizan en 6, 7, 8, 9 y 0 los martes, jueves, sábados, de 8 a 18, en tanto que los domingos se dividen entre mañana y tarde.
Claro que por otro lado está la terminación del DNI para realizar los pagos de impuestos en locales de Rapipago y Pago Fácil que en varios casos no coincide con el día de las salidas de esparcimiento.
"El Decreto 297 no establece ningún tipo de limitación para la compra de alimentos o remedios, cuando el 563 lo restringe con salidas según la terminación del DNI, sin ningún tipo de normativa, ley o facultad ejecutada por la Nación", criticó el letrado.
Desde el Ejecutivo, el ministro de Gobierno, Víctor Ibáñez, explicó que no es el Estado provincial el que restringe un derecho, sino "que se limita a aplicar las normas dispuestas a través del DNU, por el Gobierno nacional, que tienen la misma fuerza que una ley sancionada en el Senado y en Diputados".
Es decir que, si el DNU indica que no puede haber más del 50% de la población en la calle, "esta es una manera de hacer cumplir esa premisa", señaló el funcionario.