Los fiscales apelaron el fallo que absolvió a las monjas del caso Próvolo: qué pasará ahora
Alejandro Iturbide, Jefe de Fiscales y Gonzalo Nazar Fiscal Adjunto, apelaron el fallo a través del cual absolvieron a Kumiko Kosaka, Asunción Martínez y Graciela Pascual, las acusadas de ser partícipes primarias en la causa por abuso de menores en el Instituto Próvolo.
Quiénes son las tres juezas que absolvieron a la monja Kumiko del caso Próvolo
Así las cosas, este lunes el Ministerio Público Fiscal, informó que ya habían presentado formalmente, los recursos contra el Tribunal integrado por las Dras. Gabriela Urciolo, María Belén Salido y María Belén Renna.
El Fiscal en Jefe explicó todos y cada uno de los puntos que según ellos presentan los vicios de la sentencia y pidieron su anulación a la Suprema Corte de Justicia en pleno, es decir, "con intervención de sus siete miembros, debido a la trascendencia de los temas aludidos que exceden el interés de las partes de este caso al referirse al tratamiento de personas con discapacidad".
El recurso presentado por los fiscales cuenta de cuatro puntos principales que ellos entienden fueron pasados por alto por los magistrados del tribunal:
1-No haber valorado el testimonio de las víctimas conforme las pautas internacionales en casos de abusos sexuales ocurridos en la infancia, para mujeres en su mayoría, y personas con discapacidad.
Así fue la terrible reacción de las víctimas del Próvolo al ver que la monja Kumiko fue absuelta
2.- Haber quitado valor a los informes del E.De.A.A.S. (Equipo de Abordaje en Abuso Sexual dependiente del MPF) bajo el argumento de "trabajar sus profesionales sólo con sesgo de confirmación de los hechos", siendo que las tres juezas en momentos inmediatos anteriores a la sentencia e incluso en tiempo concomitante, dictaron otras sentencias condenatorias valiéndose de informes del mismo organismo, sin queja alguna, y considerando valioso el aporte de sus profesionales.
3.- No haber tratado veintidós pruebas invocadas por la Fiscalía, entre testimoniales y documentales, que podrían haber dado un rumbo distinto a la sentencia. No hay una sola palabra sobre estas pruebas.
4.- Haber mejorado la posición de los defensores, en varias situaciones, realizando planteos que ellos no efectuaron y considerando pruebas que no produjeron en el debate.