Casi un hecho: el Gobierno analiza adelantar la edad jubilatoria
Según anticiparon, la medida buscaría dar una salida a los llamados "jóvenes para jubilarse, pero grandes para trabajar", se empezó a estudiar y se aplicaría mediante un decreto de necesidad y urgencia.
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Quienes se acojan a este beneficio contarán con la cobertura médica del PAMI y tendrán derecho a pensión por fallecimiento del cónyuge.
La iniciativa está dentro del paquete de medidas económicas que prepara el Gobierno para tratar de reactivar la economía y dar vuelta el resultado adverso en las elecciones primarias.
Si obtiene la aprobación del presidente Alberto Fernández, los trabajadores desocupados (mujeres entre 55 y 59 años y varones entre 60 y 64 años, con 30 años de aportes ingresados en la Seguridad Social) podrán jubilarse con el 50% o 80% (según lo que finalmente se decida) del haber que le corresponde.
Y cuando alcancen la edad jubilatoria (60 años las mujeres, 65 años los varones) pasarían a cobrar el 100%.
Al jubilarse en forma anticipada, esas personas pasan a tener la cobertura médica del PAMI y, en caso de fallecimiento del titular, el derecho de pensión del cónyuge.
En el Gobierno estiman que en lo inmediato la medida podría beneficiar a más de 30.000 personas.
Sin ingresos, los desocupados con los aportes completos logran hacer alguna "changa" informal, pero deben esperar a cumplir los 60 años en el caso de las mujeres o 65 años los varones para jubilarse, requisito para iniciar el trámite previsional.
Son la contracara de los que tienen la edad para jubilarse pero les faltan años de aportes para completar los 30 años mínimos requeridos.
En la Cámara de Diputados hay proyectos del oficialismo (Mirta Tundis) y de la oposición (Alicia Terada) para reflotar la Prestación Anticipada por Desempleo (PAD o jubilación anticipada).
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Sería similar a la que rigió a través de la ley N° 25.994 sancionada en enero de 2005 y que tuvo vigencia hasta 2007, cuando 54.000 personas accedieron a la PAD.
La Prestación o Jubilación Anticipada por Desempleo aprobada en 2005 -también un momento aun con altos niveles de desocupación luego del derrumbe de la convertibilidad- permitía la jubilación de las mujeres de entre 55 y 59 años, y de los hombres de entre 60 y 64 años si tenían 30 años de aportes y estaban desocupados antes de aprobarse la ley.
Tenían derecho a cobrar la mitad del haber que les correspondería cuando alcanzaran la edad jubilatoria, con un piso equivalente al haber mínimo.
Luego, cuando alcanzaban los 60 o 65 años, pasaban a cobrar la jubilación completa.