Dólar ahorro: cómo pedir el reintegro del 35% si no pagás Ganancias
Este miércoles el Gobierno Nacional oficializó el anuncio del Banco Central emitido durante el martes a la noche: en las compras de dólar ahorro y en los pagos con tarjetas de crédito realizadas en el exterior, la AFIP establecerá una retención del impuesto a las Ganancias del orden del 35%.
Además, el titular del BCRA Miguel Pesce anunció que habrá retención del 35% para la compra de dólar ahorro y pagos con la tarjeta por consumos en dólares en el exterior. También este nuevo régimen de percepción alcanzarás las compras en distintas plataformas, como Spotify, Netflix, Google, entre otras.
Sin embargo, en la resolución publicada esta mañana, se establece un "régimen de devolución para sujetos que no sean contribuyentes del impuesto a las Ganancias o al de los Bienes Personales".
"Los sujetos a quienes se les hubieran practicado las percepciones establecidas en la presente, que no sean contribuyentes del impuesto a las ganancias o, en su caso, del impuesto sobre los bienes personales, y que, consecuentemente, se encuentren imposibilitados de computar las aludidas percepciones, podrán solicitar la devolución del gravamen percibido una vez finalizado el año calendario en el cual se efectuó la percepción", establece el dictamen.
¿Qué es lo que hay que hacer antes de solicitar la devolución?
- Contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), obtenida en los términos de la Resolución General N° 10, sus modificatorias y complementarias.
- Contar con "Clave Fiscal", obtenida de acuerdo con lo establecido en la Resolución General N° 3.713.
- Informar a esta Administración Federal la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta bancaria, de conformidad con lo previsto en la Resolución General N° 2.675, su modificatoria y complementaria.
Cepo al dólar: las compras que quedan excluidas del nuevo régimen
Asisimo aclaran que para poder ser atendido en las sucursales del organismo para tales fines deberán solicitar un turno web a través de la página de la Afip. Allí, se podrá visualizar y seleccionar las percepciones que fueron efectuadas e informadas por los agentes de percepción.
En caso de no figurar, se podrán agregar manualmente: "En todos los casos se deberá disponer del extracto bancario, resumen, liquidación de la tarjeta, comprobante, factura y/o documento equivalente de que se trate, en el cual conste la percepción que se está informando y, en su caso, la fecha del comprobante", aclararon.